El procedimiento abierto simplificado es un tipo de licitación pública introducido por la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) para agilizar la contratación de menor cuantía manteniendo la transparencia y la competencia. Se trata de una modalidad del procedimiento abierto más sencilla y rápida, pensada especialmente para contratos de importe moderado, sin dejar de lado la publicidad ni los principios de igualdad de trato. A su vez, la LCSP creó una variante aún más ágil llamada procedimiento abierto simplificado abreviado, también conocido como procedimiento supersimplificado, orientado a contratos de muy baja cuantía. En este artículo te explicamos en lenguaje accesible qué es cada procedimiento, cómo funcionan, sus ventajas y requisitos principales, e incluimos una tabla comparativa (PAS vs PASA) para visualizar sus diferencias. Además, encontrarás buenas prácticas para participar con éxito, con llamados a la acción naturales para que puedas aprovechar herramientas útiles (como recibir licitaciones personalizadas o usar plantillas del DEUC) en nuestra plataforma.
¿Qué es el procedimiento abierto simplificado (PAS)?
El procedimiento abierto simplificado (a veces referido simplemente como procedimiento simplificado o incluso contrato abierto simplificado al hablar del contrato adjudicado mediante este procedimiento) es una modalidad de licitación abierta con trámites reducidos. Fue introducido por la LCSP 9/2017 para contratos de obras, servicios y suministros que cumplen ciertos límites de importe y simplicidad en criterios, con el objetivo de reducir plazos y burocracia sin mermar la transparencia. Sus principales características, requisitos y ventajas se resumen a continuación:
- Contratos permitidos y umbrales económicos: Aplicable solo a contratos de obras con valor estimado hasta 2.000.000 € y contratos de servicios o suministros por debajo de ~140.000 € (umbral sujeto a actualizaciones). Nota: Estos importes corresponden a límites no SARA (no sujetos a regulación armonizada de la UE). Quedan excluidos de este procedimiento los contratos de concesiones (de obras o servicios) y los de asociación para la innovación, que por su naturaleza deben licitarse por otros procedimientos.
- Criterios de adjudicación: Predominio de criterios objetivos. La ley exige que, en el pliego, no haya criterios evaluables mediante juicio de valor (subjetivos) o que, de haberlos, su ponderación no supere el 25% del total (máx. 45% si el contrato es de prestación intelectual, p. ej. servicios de ingeniería o arquitectura). Esto garantiza que la valoración sea mayormente automática (mediante fórmulas), agilizando la evaluación y reduciendo la subjetividad.
- Publicidad de la licitación: La convocatoria se publica exclusivamente en el perfil de contratante de la entidad convocante (normalmente accesible a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, PLACSP). No se requiere publicar en el BOE ni en el Diario Oficial de la UE (DOUE) para estos importes, simplificando la difusión. Toda la documentación (pliegos, formularios, etc.) debe estar disponible online desde el día de la publicación en el perfil.
- Plazos más cortos: El plazo mínimo para presentar ofertas es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio, para servicios y suministros, y de 20 días mínimo para obras. Estos plazos son sensiblemente menores que en el procedimiento abierto ordinario. (Si el expediente se declara urgente, la LCSP indica que no se reducen más estos plazos en el simplificado). En la práctica, esto agiliza la adjudicación, evitando demoras innecesarias frente a procedimientos más largos.
- Requisitos de los licitadores simplificados: Se elimina o flexibiliza cierta documentación inicial para facilitar la concurrencia. Por ejemplo, no se exige garantía provisional al presentar la oferta. Tampoco se pide demostrar plenamente la solvencia económica, financiera y técnica en el momento de la oferta; en su lugar, basta con aportar una declaración responsable (que suele formalizarse mediante el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC)) donde el licitador manifiesta que cumple los requisitos de capacidad y solvencia, que no tiene prohibiciones para contratar, etc.. Todos los licitadores deben estar inscritos en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público) o registro autonómico equivalente, al menos haber solicitado su inscripción antes de la fecha límite de ofertas. Esta inscripción en el ROLECE es obligatoria para poder ser adjudicatario en un PAS, por lo que es un requisito administrativo importante a prever.
- Presentación de ofertas simplificada: Por defecto, la oferta se presenta en un único sobre o archivo electrónico que contiene toda la proposición (documentación administrativa + oferta técnica y económica), siempre que no haya criterios sujetos a juicio de valor. Si el pliego incluyera algún criterio subjetivo (dentro del límite permitido), entonces se usarán dos sobres: uno con la oferta técnica evaluable mediante juicio de valor, y otro con la oferta evaluable automáticamente. En cualquier caso, el número de sobres se reduce respecto al procedimiento abierto ordinario, lo cual simplifica la preparación de la oferta para el licitador.
- Mesa de contratación y evaluación: En el procedimiento simplificado sí se constituye Mesa de Contratación, como órgano que analiza las ofertas, aunque la LCSP flexibiliza su composición mínima para agilizar trámites. La Mesa en un PAS puede actuar de forma más concentrada: tras la apertura de las ofertas (que, en caso de criterios subjetivos, implica una evaluación técnica previa en un plazo máximo de 7 días), la Mesa celebra una única sesión donde evalúa y clasifica las proposiciones y formula la propuesta de adjudicación al licitador con mejor puntuación. Todo el proceso está pensado para resolverse con celeridad, evitando múltiples reuniones.
- Garantía definitiva y formalización: En el procedimiento simplificado sí se exige garantía definitiva al adjudicatario (como regla general, un 5% del importe del contrato, salvo exención específica en casos como contratos menores o indicación en pliego). La LCSP no exime de la garantía final en el PAS (a diferencia del abreviado, como veremos) – es decir, la empresa ganadora debe constituir la fianza final antes de la firma del contrato, según las normas generales. La formalización del contrato se realiza de la forma habitual: mediante la firma del contrato administrativo en un plazo, una vez cumplidos los trámites de adjudicación (como la presentación de la garantía definitiva, comprobación de documentación y firma por la Administración). En esencia, el PAS conserva la formalidad final de un contrato público, pero todo el camino previo es más rápido y sencillo que en un procedimiento abierto estándar.
Resumen: El procedimiento abierto simplificado (PAS) agiliza la licitación de contratos medianos, reduciendo plazos y trámites burocráticos (publicación más simple, menos días de espera, menos documentación inicial) a cambio de exigir que la competencia se base en criterios objetivos y que los licitadores estén previamente registrados. Sus ventajas principales son la rapidez en adjudicar y la menor carga administrativa para empresas y Administración (sin sacrificar transparencia, pues sigue habiendo publicidad y concurrencia abierta). A continuación, veamos la modalidad aún más simplificada: el procedimiento simplificado abreviado.
¿Qué es el procedimiento abierto simplificado abreviado (PASA)?
El procedimiento abierto simplificado abreviado (PASA), también llamado procedimiento supersimplificado, es una variante del PAS introducida en el art. 159.6 de la LCSP para contratos de cuantía muy reducida. Su finalidad es acelerar al máximo el proceso de licitación en contrataciones pequeñas, consolidando la publicidad y concurrencia incluso en casos donde antes muchas veces se recurría al contrato menor (adjudicación directa). En otras palabras, el PASA permite licitar de forma competitiva contratos chicos de forma casi tan ágil como un contrato menor, pero con mayor transparencia. Las características principales del procedimiento simplificado abreviado son:
- Umbrales económicos inferiores: Aplica solo a contratos con valor estimado muy bajo. En concreto, el PASA se puede usar en contratos de obras de menos de 80.000 € y en contratos de suministros o servicios de menos de 60.000 €. Por encima de esos importes (y hasta los 2M/140k del PAS) se usaría el simplificado normal; por debajo, cabe el abreviado. Importante: Quedan excluidos del abreviado los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual (p. ej. servicios de ingeniería, arquitectura, consultoría especializada), incluso si su importe es bajo. Es decir, para esos contratos intelectuales de escasa cuantía no se permite el PASA, habría que usar el PAS normal o procedimiento abierto ordinario según corresponda.
- Plazos mínimos aún más cortos: El plazo de presentación de ofertas en el PASA se reduce a 10 días hábiles mínimos desde la publicación del anuncio. Además, si se trata de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado (es decir, suministros estándar fácilmente disponibles), el plazo puede ser de solo 5 días hábiles. Esto representa un tiempo muy breve para la preparación de ofertas, lo que obliga a las empresas a estar atentas y tener documentación lista. La drástica reducción de plazos es uno de los mayores atractivos de esta modalidad para el órgano de contratación, ya que permite adjudicar en poco más de dos semanas en total.
- Criterios 100% objetivos (sin valoración subjetiva): En el procedimiento abreviado no se admite ningún criterio evaluable mediante juicio de valor. Todas las criterios de adjudicación deben ser cuantificables automáticamente mediante fórmulas (por ejemplo, precio, plazos, características técnicas medibles). De hecho, la LCSP indica que la oferta en PASA se evaluará siempre con arreglo a criterios cuantificables automáticamente. Esto significa que no hay informe técnico subjetivo ni puntuaciones discrecionales; la competencia se basará típicamente en el precio y otros parámetros objetivos definidos en el pliego. Esta restricción agiliza la evaluación (que incluso puede ser automática por medios informáticos) y elimina la necesidad de mesa de contratación obligatoria.
- Documentación y solvencia simplificadas al máximo: Para fomentar la participación, el PASA exime a los licitadores de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica/profesional de forma detallada. No se les exigirá presentar balances, experiencia, clasificaciones, etc. junto con la oferta. Basta, como en el PAS, con una declaración responsable de que cumplen los requisitos (que puede integrarse en el DEUC). Asimismo, no se requiere constituir garantía definitiva por parte del adjudicatario, lo cual elimina ese trámite y costo para la empresa ganadora. (Tampoco se pide garantía provisional, ya cubierta por la regla general del PAS). Cabe señalar que sigue siendo obligatoria la inscripción en ROLECE para los licitadores en PASA, igual que en el PAS, aunque inicialmente hubo interpretaciones sobre si aplicaba; finalmente la normativa confirmó su exigencia también en los abreviados. En resumen, los únicos “papeles” que presenta el licitador con su oferta PASA son los formularios básicos y declaraciones responsables, nada más.
- Oferta en un único sobre electrónico: Toda la oferta en el PASA va en un solo sobre o archivo electrónico, dado que no hay criterios subjetivos que requieran separación. Esto simplifica enormemente la preparación: se envía un único fichero con la propuesta administrativa, técnica y económica conjunta. La apertura de este sobre único no se realiza en acto público tradicional; la LCSP prevé que la apertura y valoración pueden hacerse de forma automática por medios electrónicos o con ayuda de una unidad técnica, garantizando eso sí que nadie accede a las proposiciones antes de que venza el plazo. En consecuencia, no hay Mesa de Contratación obligatoria en los supersimplificados – su constitución es potestativa. La administración puede optar por no formar mesa y dejar que la propia unidad contratante o un sistema electrónico gestione la apertura y evaluación. Si se constituye Mesa, puede abreviar trámites dado que no hay sobres múltiples que abrir en distintas sesiones.
- Adjudicación y formalización exprés: Siguiendo con la simplificación, una vez evaluadas las ofertas (lo cual, al ser automático, puede suceder muy rápidamente tras el cierre del plazo), se adjudica el contrato al licitador con mejor puntuación. El PASA no requiere que el adjudicatario aporte garantía final, como ya indicamos, ni otros trámites complejos. Incluso la formalización del contrato puede simplificarse: la ley permite que se formalice mediante la firma de aceptación de la resolución de adjudicación por parte del contratista, en lugar del habitual contrato administrativo extenso. Esto significa que, en la práctica, la adjudicación firme junto con la firma de conformidad del adjudicatario pueden servir como contrato, acelerando el inicio de la ejecución. Por supuesto, toda la documentación de las ofertas y la evaluación se publica de forma accesible una vez adjudicado, para mantener la transparencia.
En síntesis, el procedimiento simplificado abreviado (PASA) lleva la agilización al máximo nivel: plazos ultracortos, papeleo mínimo y trámites automatizados, pensado para contratos pequeños. A cambio, exige disciplina a las empresas (estar inscritas en registros, reaccionar rápido a las convocatorias) y centra la competencia en el precio u otros números objetivos, fomentando ofertas muy competitivas. Es una herramienta eficaz para evitar el abuso del contrato menor, permitiendo que incluso contrataciones bajas se liciten con concurrencia y publicidad, pero sin la dilación de un proceso ordinario.
Comparativa: Procedimiento Abierto Simplificado vs Simplificado Abreviado
Para visualizar mejor las diferencias entre el procedimiento abierto simplificado (PAS) y el simplificado abreviado (PASA), a continuación presentamos una tabla comparativa de sus principales aspectos:
| Aspecto | Procedimiento Abierto Simplificado (PAS) | Procedimiento Simplificado Abreviado (PASA) |
|---|---|---|
| Límite de importe | Hasta 2.000.000 € en obras; hasta ~140.000 € en servicios/suministros. | Hasta 80.000 € en obras; hasta 60.000 € en servicios/suministros. (No aplicable a contratos de tipo intelectual). |
| Publicidad de la convocatoria | Perfil de contratante (PLACSP) de la entidad. No requiere publicación en BOE ni DOUE. | Perfil de contratante (PLACSP). No requiere BOE/DOUE (mismas reglas que PAS). |
| Plazo mínimo de ofertas | 15 días hábiles (servicios/suministros) o 20 días (obras). | 10 días hábiles (cualquier contrato). Si son bienes comunes: 5 días hábiles. |
| Criterios de adjudicación | Mayoritariamente objetivos. Se permite algún criterio con juicio de valor solo si ≤25% (o ≤45% en contratos intelectuales). | 100% objetivables mediante fórmula. No se admite ningún criterio sujeto a valoración subjetiva. |
| Sobres de la oferta | 1 sobre único si no hay criterios subjetivos; 2 sobres si los hay (técnico + económico). | 1 sobre único siempre (todo se presenta junto). No hay separación de documentación. |
| Mesa de contratación | Obligatoria, si bien con composición mínima simplificada (Presidente, Secretario, vocal jurídico y vocal interventor). La Mesa evalúa ofertas (técnicas en ≤7 días) y propone adjudicatario en una sesión. | Potestativa (opcional). Se puede adjudicar sin Mesa, con evaluación automática o por unidad técnica. No hay acto público de apertura de sobres. |
| Registro de licitadores | Requiere licitadores inscritos en ROLECE (o registro autonómico) antes de la fecha final de oferta (se admite justificante de solicitud de inscripción). | Requiere ROLECE igualmente (misma obligación que PAS, según última regulación). Conviene estar inscrito con antelación dado lo corto de los plazos. |
| Garantías exigidas | No se exige garantía provisional al presentar oferta. Sí se exige garantía definitiva al adjudicatario (5% del contrato, salvo exenciones generales). | No se exige garantía provisional (por aplicación de PAS). No se exige garantía definitiva al adjudicatario, liberando al contratista de ese trámite/coste. |
| Formalización del contrato | Mediante firma del contrato administrativo tradicional por ambas partes (como en procedimiento abierto ordinario). | Simplificada: basta la aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación para formalizar (puede no firmarse contrato en papel). |
Nota: En todo lo no previsto específicamente, cada PASA se rige por las normas del PAS y supletoriamente por las del procedimiento abierto común. Como se observa, el abreviado es una versión simplificada del simplificado, reduciendo plazos a la mitad, suprimiendo requisitos (criterios subjetivos, mesa, solvencia a acreditar, garantías finales) y haciendo opcionales ciertos pasos, lo que lo hace ideal para contratos pequeños maximizando la eficacia.
Buenas prácticas para participar en procedimientos simplificados
Participar en licitaciones bajo el procedimiento simplificado (sea normal o abreviado) resulta más sencillo que en procedimientos ordinarios, pero también requiere preparación dada la agilidad del proceso. A continuación, algunas buenas prácticas y consejos para empresas interesadas en estos contratos:
- Inscríbete en el ROLECE con antelación: Dado que la inscripción en el Registro de Licitadores (ROLECE) es obligatoria para poder presentarse en procedimientos simplificados, asegúrate de tramitarla cuanto antes. El proceso de alta puede tomar varias semanas, y no estar inscrito a tiempo te impedirá ser adjudicatario. Verifica también que tus datos en el ROLECE estén actualizados (por ejemplo, objetos sociales, clasificaciones si las tienes, etc.).
- Mantente informado de las convocatorias: Los plazos de presentación de ofertas en PAS (15-20 días) y especialmente en PASA (10 o incluso 5 días) son muy breves. Por ello, es clave enterarse rápidamente de la publicación de una licitación simplificada en tu sector. Utiliza herramientas como alertas personalizadas de licitaciones o consultas frecuentes a la PLACSP. (Consejo: en nuestra plataforma puedes recibir licitaciones personalizadas filtradas por tipo de contrato, importe o sector, para que ninguna oportunidad simplificada se te escape.) Estar suscrito a estas notificaciones te dará margen para preparar tu oferta dentro del plazo reducido.
- Prepara con anticipación tu documentación base: Una ventaja de estos procedimientos es que no piden mucha documentación, pero deberás presentar igualmente ciertas declaraciones y formularios. Ten listo un modelo actualizado de tu DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) o de la declaración responsable que suelen exigir, donde declares el cumplimiento de requisitos. Esto te ahorrará tiempo al armar cada oferta. (En nuestra plataforma ofrecemos plantillas de DEUC actualizadas que puedes descargar y reutilizar, lo que facilita este paso.) Asimismo, reúne con antelación los certificados de estar al corriente en obligaciones fiscales y de SS, seguros de RC, etc., por si fueran necesarios al finalizar (aunque no se aporten de inicio, podrían requerirlos al adjudicatario).
- Lee detenidamente los pliegos y sigue las instrucciones: Aunque sean procedimientos simplificados, cada licitación tendrá sus Pliegos de Condiciones con las reglas específicas. Revisa qué criterios de adjudicación aplican (para enfocar tu oferta acorde), qué declaraciones exactas debes presentar, y el formato de entrega (especialmente si hay plataforma electrónica de por medio). Cumple todas las indicaciones para no ser excluido por un error formal. Por ejemplo, si es un PAS que contempla dos sobres porque hay un criterio técnico a valorar, asegúrate de separar bien tu oferta técnica y económica como se indique. En un PASA, verifica que toda la documentación vaya en el único sobre electrónico. Un descuido en la forma de presentación puede costarte la participación.
- Ofrece tu mejor propuesta (competitividad): En estos procedimientos suele primar el criterio precio u otros cuantificables, por lo que es fundamental presentar una oferta competitiva. Analiza bien tu estructura de costos y márgenes para poder ofertar un precio atractivo sin dejar de ser viable. Ten en cuenta que, al no haber negociación ni diálogo (es abierto) y evaluarse automáticamente, tu oferta económica tendrá un gran peso. Eso sí, evita ofertas temerarias: si bajas demasiado el precio, podrías incurrir en una oferta anormalmente baja que requiera justificación e incluso ser rechazada. Lo ideal es un equilibrio entre ser competitivo y demostrar solvencia en la ejecución. Recuerda que la transparencia es alta: tras adjudicar, las ofertas serán públicas, así que compite lealmente.
- No descuides la ejecución post-adjudicación: Que el procedimiento sea simplificado no significa que la fase de ejecución del contrato sea más laxa. Si resultas ganador, deberás cumplir todas las obligaciones contractuales (plazos de entrega, calidad, penalidades, etc.) igual que en cualquier licitación. Por ello, solo puja por contratos que estés en capacidad real de ejecutar correctamente. La simplicidad del trámite no reduce la responsabilidad en la ejecución; al contrario, al agilizarse la adjudicación, tendrás menos tiempo desde que te adjudican hasta empezar a prestar el servicio u obra, así que ten tu equipo preparado para arrancar rápido.
- Usa herramientas digitales para tu ventaja: La contratación pública se ha volcado a medios electrónicos, y más en procedimientos simplificados. Familiarízate con la plataforma de presentación de ofertas (p. ej. la Plataforma de Contratación del Sector Público u otras que el órgano use) para no tener problemas técnicos al enviar tu oferta. Además, apóyate en plataformas especializadas (como la nuestra) que centralizan información de licitaciones y ofrecen utilidades extra: por ejemplo, sistemas de aviso, gestión de documentación recurrente, foros de consulta, etc. Esto te permitirá afrontar varios procesos simplificados simultáneamente sin perder el hilo. En definitiva, la transformación digital es aliada de las pymes en estos procedimientos; aprovéchala para ser más eficiente.
Conclusión
En conclusión, el procedimiento abierto simplificado y su modalidad abreviada han revolucionado la forma de contratar en el sector público para importes bajos y medianos, aportando agilidad y eficiencia sin renunciar a la concurrencia. Estas vías simplificadas abren la puerta a que más empresas –especialmente pymes– participen en licitaciones públicas, al reducir barreras de entrada como plazos extensos o trámites engorrosos. La legislación vigente busca con ello fomentar la transparencia y evitar la adjudicación directa injustificada, haciendo que incluso contratos pequeños se liciten de forma competitiva.
Si eres una empresa interesada en trabajar con la Administración, los PAS y PASA son oportunidades que vale la pena aprovechar. Con una buena preparación previa y siguiendo las buenas prácticas mencionadas (inscripción en registros, atención a las convocatorias, documentación lista y ofertas cuidadas), podrás competir con éxito en estas licitaciones simplificadas. ¡No dejes pasar estos procesos por pensar que son complejos! Al contrario, han sido diseñados para ser accesibles y rápidos.
Finalmente, te invitamos a unirte a nuestra plataforma para facilitar aún más tu camino en la contratación pública. Podrás recibir alertas de licitaciones personalizadas para así no perderte ninguna oportunidad ¡Te esperamos para acompañarte en nuevos proyectos y éxitos en el sector público!